REDACCIÓN | Panamá en Directo
Panamá | abril 23, 2024DGI demandará fallo que le reconoce crédito fiscal ‘Millonario’ a Justo y Bueno
La Dirección General de Ingresos (DGI) ha anunciado que presentará una demanda ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ) contra el fallo del Tribunal Administrativo Tributario que reconoce un crédito fiscal de monto «millonario» a una sociedad vinculada a la cadena de ventas al por menor Justo y Bueno.
Según un comunicado emitido por la DGI, el contribuyente en cuestión presentó una solicitud de reconocimiento de cesión de créditos fiscales por «arrastres de pérdidas» de los periodos fiscales 2016 a 2020. Sin embargo, la DGI determinó, a través de una Resolución, «NEGAR» la pretensión del contribuyente, basándose en un informe del Departamento de Fiscalización Tributaria que reveló un monto mínimo pagado en efectivo por el contribuyente en concepto de Renta Jurídica.
El comunicado también hace referencia al artículo 698-A del Código Fiscal, que establece el régimen de arrastre de pérdidas. Según este artículo, el beneficio fiscal otorgado a los contribuyentes que sufren pérdidas no es transferible, a diferencia de los créditos fiscales generados de acuerdo con el artículo 83 del Código de Procedimiento Tributario.
La DGI reafirmó su desacuerdo con la decisión del Tribunal Administrativo Tributario, calificándola como «improcedente e inaceptable». La entidad considera que la resolución causa un perjuicio al patrimonio del Estado y establece un mal precedente en el ámbito tributario y contable.
Por lo tanto, la DGI ha anunciado que agotará todos los recursos legales disponibles para revertir dicha decisión. Se presentará ante la CSJ para demandar la inconstitucionalidad del fallo, argumentando el desconocimiento del debido proceso y los trámites legales y fiscales pertinentes. Asimismo, la DGI presentará una demanda ante la Sala de lo Contencioso Administrativo para solicitar la nulidad de la resolución que otorga derechos y beneficios no sustentados, reafirmando que esta situación causa un perjuicio institucional y establece un precedente inaceptable en el sistema tributario y fiscal del país.











