Yanibel Abrego tiene la opción de apelar su expulsión según el Código Electoral El Tribunal de Honor y Disciplina de Cambio Democrático (CD) ha realizado un segundo intento de expulsar a la precandidata Yanibel Abrego,
Yanibel Abrego tiene la opción de apelar su expulsión según el Código Electoral
REDACCIÓN | Panamá en Directo
Panamá | junio 7, 2023Yanibel Abrego tiene la opción de apelar su expulsión según el Código Electoral

El Tribunal de Honor y Disciplina de Cambio Democrático (CD) ha realizado un segundo intento de expulsar a la precandidata Yanibel Abrego, según lo anunciado en una reciente sentencia publicada en el Boletín Electoral. En la sentencia 01-23 del 2 de junio de 2023, se justifica la expulsión de Abrego por traición al partido, basándose en el artículo 134 del estatuto del partido.
La decisión de expulsar a Ábrego cuenta con el respaldo de tres de los cinco miembros del Tribunal de Honor. Arturo Vallarino y Noriel Salerno, miembros del tribunal, salvaron su voto y dieron sus razones en apoyo de la decisión.
En respuesta a la notificación en el Boletín Electoral, Abrego se defendió en su cuenta de Twitter, afirmando: «Un presidente vencido y con miedo, que no respeta el estatuto del partido, decide sin legitimidad expulsarme de CD». Además, agregó: «La cobardía del tirano es tan grave que no sabe ya más qué hacer para bajar mi candidatura y robar el derecho de la membresía a escoger a sus representantes». Ábrego es una diputada y precandidata presidencial para las primarias del partido.
La resolución de expulsión afirma: «Queda acreditada con claridad diáfana que se realizaron actos donde confluyeron apodos y participaciones conjuntas de la honorable diputada con otro partido político y candidato de colectivo distinto a Cambio Democrático, inclusive, en actividades o eventos del partido Cambio Democrático».
Sin embargo, Salerno y Vallarino expresaron su desacuerdo con la decisión del tribunal, ya que no se les tomó en cuenta en la redacción, revisión, firma ni publicación de las resoluciones dictadas. También argumentaron que se debió haber consultado al Tribunal Electoral sobre el alcance de la decisión.
La resolución de expulsión puede ser apelada dentro de los cinco días hábiles, según el artículo 120 del Código Electoral. Abrego, como afectada, tiene diez días hábiles después de la última publicación en el Boletín Electoral para presentar un recurso ante los juzgados administrativos electorales, buscando garantizar una doble instancia en base a la Ley 247.
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