Corte Suprema declara inconstitucional el 100% de crédito fiscal a la industria turística

Corte Suprema declara inconstitucional el 100% de crédito fiscal a la industria turística La Corte Suprema de Justicia (CSJ)  ha declarado inconstitucional un parágrafo transitorio del artículo No. 1 de la Ley No. 314 de
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Corte Suprema declara inconstitucional el 100% de crédito fiscal a la industria turística

REDACCIÓN | Panamá en Directo

Panamá | abril 13, 2023

Corte Suprema declara inconstitucional el 100% de crédito fiscal a la industria turística

La Corte Suprema de Justicia (CSJ)  ha declarado inconstitucional un parágrafo transitorio del artículo No. 1 de la Ley No. 314 de 20 de junio de 2022. La ley, que buscaba promover la actividad turística en el país, otorgaba créditos fiscales a las inversiones turísticas que se desarrollen fuera del distrito de Panamá. El parágrafo transitorio en cuestión establecía que a las empresas que cuenten con el estudio de impacto ambiental y la autorización de la Superintendencia del Mercado de Valores para emitir bonos, acciones y otros instrumentos financieros, se les reconocería como crédito fiscal el 100% del valor total del proyecto declarado ante la Autoridad de Turismo.

La demanda de inconstitucionalidad fue presentada por el abogado Roberto Ruiz Díaz y el fallo del pleno de los magistrados de la CSJ se informó el jueves 13 de abril. El abogado explicó que la Ley 314 estableció que se reconocía el 60% de la inversión en el proyecto turístico, pero en esa misma norma se hizo una excepción para que quienes hubiesen metido el estudio de impacto ambiental a tiempo lograran el 100%, lo que beneficiaría a la mayoría de los proyectos.

La CSJ declaró que el parágrafo transitorio es inconstitucional porque va en contra de los principios de igualdad ante la ley y no discriminación establecidos en los artículos 19 y 20 de la Constitución de Panamá. Además, la Corte no pasó por alto que el Ejecutivo había enviado un proyecto de ley a la Asamblea para eliminar las leyes 122 y 314, pero el mismo fue ignorado por los diputados, que aprobaron otro proyecto de ley, el número 888, también sobre incentivos fiscales en la industria turística, que fue vetado por el presidente Laurentino Cortizo. La Asamblea lo convirtió en ley, por insistencia.

El fallo de la CSJ es importante porque podría sentar un precedente en cuanto a la interpretación de los principios constitucionales de igualdad y no discriminación en relación con las políticas de incentivos fiscales en la industria turística en Panamá. Además, es una llamada de atención para la Asamblea Nacional  para que revise sus prácticas legislativas y considere cuidadosamente la opinión del Ejecutivo y las demandas de inconstitucionalidad antes de aprobar leyes sobre incentivos fiscales en la industria turística u otros sectores.

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