La Corte Suprema desestima demanda de inconstitucionalidad contra Ley que otorgó atribuciones especiales al Contralor

La Corte Suprema desestima demanda de inconstitucionalidad contra Ley que otorgó atribuciones especiales al Contralor La Corte Suprema de Justicia de Panamá ha rechazado una demanda de inconstitucionalidad presentada contra los artículos 14, 22, 31
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La Corte Suprema desestima demanda de inconstitucionalidad contra Ley que otorgó atribuciones especiales al Contralor

REDACCIÓN | Panamá en Directo

Panamá | abril 19, 2023

La Corte Suprema desestima demanda de inconstitucionalidad contra Ley que otorgó atribuciones especiales al Contralor

La Corte Suprema de Justicia de Panamá ha rechazado una demanda de inconstitucionalidad presentada contra los artículos 14, 22, 31 y 46 de la Ley 351, que modifica la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y desarrolla la jurisdicción de cuentas. La demanda fue presentada por el abogado Ernesto Cedeño, quien argumentó que estos cambios son contrarios a la Constitución ya que otorgan fueros y privilegios a algunos funcionarios y limitan el poder de la Contraloría para fiscalizar los bienes públicos.

La demanda de Cedeño cuestiona el artículo 31 de la Ley 351, que permite al Contralor archivar auditorías e investigaciones de forma unilateral, lo que según él, otorga un margen discrecional al Contralor sin agotar todos los elementos de una investigación. Además, Cedeño alega que los artículos 14 y 46 violan el artículo 19 de la Constitución, ya que establecen que los auditores y fiscalizadores de la Contraloría no pueden ser considerados funcionarios de manejo, a pesar de manejar y controlar los fondos públicos. Por último, Cedeño argumenta que el artículo 22 impide la destitución de los auditores internos certificados por la Contraloría, lo que crea un fuero o privilegio en detrimento de otros servidores públicos.

Sin embargo, la Corte Suprema de Justicia determinó que la demanda presentada por Cedeño no especifica de manera clara los cargos de inconstitucionalidad que se le atribuyen a las normas demandadas, ya que se basa en puntos de vista del demandante en lugar de argumentos objetivos y diáfanos. La decisión de la Corte, redactada por la magistrada Ángela Russo, señala que el concepto de infracción es el eje central de una acción de inconstitucionalidad y debe ser desarrollado de manera clara, puntual y objetiva.

Es decir que aunque la Corte Suprema de Justicia no hizo una valoración sobre la Ley 351, negó la admisión de la demanda presentada por Ernesto Cedeño al considerar que no se precisó de forma clara en qué consisten los cargos de inconstitucionalidad que se le endilgan a las normas demandadas.


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