Justicia ordena repetir audiencia del PLOT por falta de participación ciudadana efectiva

El fallo, fechado el 20 de noviembre de 2025 y firmado por el juez Guillermo Roberto Ballesteros, concedió un amparo de garantías constitucionales promovido por la Asociación Soy Paitilla
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REDACCIÓN | Panamá en Directo

Panamá | noviembre 20, 2025 23:37 UTC-5

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El Juzgado Séptimo Civil del Primer Circuito Judicial dejó sin efecto la audiencia pública mediante la cual el Municipio de Panamá buscaba avanzar en la modificación del Plan Local de Ordenamiento Territorial (PLOT) del corregimiento de San Francisco, impulsado por el alcalde Mayer Mizrachi. El fallo, fechado el 20 de noviembre de 2025 y firmado por el juez Guillermo Roberto Ballesteros, concedió un amparo de garantías constitucionales promovido por la Asociación Soy Paitilla, al considerar que el proceso vulneró derechos fundamentales consagrados en los artículos 32 y 233 de la Constitución.

El tribunal determinó que el Concejo Municipal aprobó el Acuerdo No. 270 del 23 de septiembre de 2025 sin cumplir con el debido proceso ni garantizar una participación ciudadana efectiva. Uno de los elementos decisivos fue la convocatoria de la audiencia del 8 de septiembre, realizada en el Salón Farallón del Parque Omar, coincidiendo con un partido de la selección panameña de fútbol. Según el fallo, esta programación afectó la asistencia de residentes y limitó el debate público sobre los cambios de zonificación.

El juez subrayó que, tratándose de la primera audiencia del PLOT, el Municipio debía “realizar un llamado más enérgico y con mayor publicidad” para asegurar la participación de los habitantes de San Francisco. En lugar de ello, la consulta —organizada a través de la Dirección de Planificación Urbana (DPU)— fue convocada con cambios de horario, avisos imprecisos y sin mecanismos claros de control de asistencia, lo que generó dudas sobre la legitimidad del proceso.

La Asociación Soy Paitilla denunció múltiples irregularidades en la consulta pública, incluyendo la falta de verificación de que los asistentes residieran en el corregimiento, la presencia de personas ajenas al área y modificaciones en la convocatoria que redujeron el tiempo disponible para participar. También señaló que los avisos difundidos en medios y redes sociales no detallaban dónde acceder al contenido del plan ni identificaban los componentes mínimos exigidos por la Ley 6 de 2006 —como áreas verdes, abastecimiento de agua, drenajes, telecomunicaciones y manejo de desechos sólidos—.

Su presidente, Darío Vásquez, aclaró que el amparo no se interpuso contra el plan en sí, sino contra la votación del Concejo Municipal. Sin embargo, advirtió que uno de los puntos más controversiales del proyecto es el mecanismo de “compensación urbana”, que permitiría construir por encima de los límites actuales mediante aportes económicos. A su juicio, la infraestructura del corregimiento no tiene capacidad para soportar densidades adicionales, aun con financiamiento privado.

Vásquez agregó que muchas personas no lograron ingresar al centro de votación en el Parque Omar debido a la presencia de personal de seguridad y funcionarios municipales que ocuparon el espacio. Destacó además que el fallo impide temporalmente que el Municipio ejecute el plan, aunque prevé que la Alcaldía presentará una apelación.

En respuesta, el Municipio de Panamá defendió la legalidad del proceso y aseguró que el plan fue elaborado con base en estudios técnicos, criterios de planificación urbana y mecanismos de participación previstos en la Ley 6 de 2002, la Ley 37 de 2009 y el Decreto Ejecutivo No. 10 de 2017. La institución sostiene que la información del PLOT estuvo disponible para residentes y gremios, y que la consulta se desarrolló según la normativa aplicable.

El fallo del Juzgado Séptimo de Circuito de lo Civil ordena realizar “las enmiendas necesarias a fin de que se lleve a cabo una audiencia pública consolidada”, con condiciones que garanticen una verdadera participación ciudadana. Los residentes de San Francisco esperan que una nueva convocatoria se realice en un espacio amplio, con mayor duración, acceso previo a la información y verificación estricta de que los asistentes pertenezcan al corregimiento.

Mientras tanto, el futuro del PLOT queda en suspenso, a la espera de una eventual apelación del Municipio y de una consulta pública que cumpla con los estándares constitucionales y legales.


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