La Comisión de Gobierno de la Asamblea apruebó en primer debate el derecho a réplica a las redes sociales y publicaciones digitales digitales

La Comisión de Gobierno de la Asamblea aprobó en primer debate el derecho a réplica a las redes sociales y publicaciones digitales digitales En una votación unánime, los diputados de la  Comisión de Gobierno de
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La Comisión de Gobierno de la Asamblea apruebó en primer debate el derecho a réplica a las redes sociales y publicaciones digitales digitales

REDACCIÓN | Panamá en Directo

Panamá | octubre 27, 2023 00:25 UTC-5

La Comisión de Gobierno de la Asamblea aprobó en primer debate el derecho a réplica a las redes sociales y publicaciones digitales digitales

En una votación unánime, los diputados de la  Comisión de Gobierno de la Asamblea, aprobaron en primer debate el proyecto de ley 998, que busca modificar la Ley 22 de 29 de junio de 2005.
El proyecto de ley, que fue presentado por la diputada Mayín Correa del partido Cambio Democrático, originalmente proponía la extensión del derecho a réplica a las cuentas de redes sociales de personas naturales y jurídicas, así como a los medios digitales. Sin embargo, durante el proceso de debate, surgieron preocupaciones sobre la aplicabilidad y posibles abusos de esta propuesta.
El diputado Edison Broce, independiente, calificó como «impráctico» el otorgar un plazo de 48 horas para presentar un derecho a réplica en las redes sociales, especialmente considerando la amplia difusión y la posibilidad de que cualquier persona pueda solicitar este derecho. En respuesta a estas preocupaciones, se acordó que el derecho a réplica se extendería exclusivamente a las cuentas digitales de los medios de comunicación o aquellas que se identifiquen como medios digitales, excluyendo las cuentas de personas naturales.
Además de esta modificación, se incorporó una disposición adicional que obliga a las concesionarias de telefonía celular a mantener una base de datos con información detallada de los usuarios que compren chips para celulares, incluyendo su cédula de identificación, dirección residencial y, en el caso de extranjeros, copia de su pasaporte. El incumplimiento de esta medida podría resultar en multas de entre $10,000 y $50,000 para las concesionarias.
La diputada Correa argumentó que las redes sociales a menudo se utilizan para «calumniar y mentir», y por lo tanto, la extensión del derecho a réplica a las redes sociales es necesaria para garantizar la corrección de información inexacta o dañina.
El artículo 2 de la ley modificada establece que toda persona afectada por informaciones inexactas o agraviantes emitidas a través de cualquier medio de comunicación que se dirija al público tiene el derecho a efectuar su réplica, rectificación o respuesta en condiciones establecidas por la ley. La réplica debe ocupar un espacio similar al de la noticia que la agravia y puede ser mayor según las circunstancias del caso. Los medios de comunicación deben reservar un espacio permanente para la publicación de réplicas, rectificaciones y respuestas.
La publicación de la réplica, rectificación o respuesta debe realizarse dentro de las 48 horas siguientes a su recepción, con la posibilidad de 24 horas adicionales en caso de dificultades ajenas a la voluntad del medio. La publicación parcial o defectuosa puede dar lugar a acciones legales por violación de este derecho.
El presidente de la Comisión, el diputado Leandro Ávila, señaló que la obligación de mantener datos de los usuarios de chips telefónicos tiene como objetivo combatir la extorsión y garantizar la seguridad de los ciudadanos.
El proyecto de ley ahora pasará a las etapas posteriores de discusión y debate en la Asamblea Nacional antes de su posible aprobación final.


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